A- de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Alexis De Jesus Giraldo Duque
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitución Política, en relación con la tutela promovida por el ciudadano de la referencia.
En consecuencia, se declaró la nulidad del auto originario del Juzgado 1 Penal del Circuito de Roldanillo (Valle) en la tutela a que se refiere la parte motiva de esta providencia, así como de toda la actuación surtida con posterioridad al mismo ante los distintos despachos judiciales a los que fue remitido el expediente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Inaplicar, el articulo 1o del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica conforme a lo expuesto en la parte motiva de este auto, en relacion con la accion de tutela promovida por el ciudadano Alexis de Jesus Giraldo Duque.
- Segundo. Declarar la nulidad del auto de 8 de abril de 2002 originario del Juzgado 1 Penal del Circuito de Roldanillo (Valle) en la accion de tutela a que se refiere la parte motiva de esta providencia, asi como de toda la actuacion surtida con posterioridad al mismo ante los distintos despachos judiciales a los que fue remitido el expediente.
- Tercero. Remitir este expediente contentivo de la accion de tutela a que se ha hecho referencia en la parte motiva de esta providencia, al Juzgado 1 Penal del Circuito de Roldanillo (Valle), para que la tramite y la decida sin mas dilacion.
- Cuarto. Copia de este auto enviese al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga -Sala Civil-, para su conocimiento.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.